A- de 2013
Ponente Mauricio González Cuervo
✓Demandante Celestino Mojica Peña
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter definitivo e integral y con efectos de cosa juzgada
- Recurso de súplica
- Inconstitucional sobreviniente
- Revisión constitucional
- Situaciones
- Competencia de la Corte Constitucional
- Requisitos
- Rechazar recurso de súplica por existir cosa juzgada mediante sentencia C-490/11
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Recurso de Súplica interpuesto en contra del auto proferido por la doctora María Victoria Calle Correa para rechazar la demanda de la referencia, por haberse producido el fenómeno de la cosa juzgada constitucional, en tanto la norma demandada ya había sido revisada de manera integral mediante la sentencia C-490/11.
La Sala encontró que en el presente caso no se dieron las condiciones necesarias para que se diera un nuevo pronunciamiento en relación con la norma demandada y en tal sentido decidió CONFIRMAR el auto recurrido.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- Primero. CONFIRMAR el auto proferido por la Magistrada Maria Victoria Calle Correa, veintiocho (28) de octubre de dos mil trece (2013), por medio del cual se rechazo la demanda instaurada por el ciudadano Celestino Mojica Pena.
- Segundo. Contra esta providencia no cabe recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.